La Cámara de Representantes aprobó, este martes por la noche, por mayoría, el proyecto de ley orgánica que establece las condiciones y modalidades para el ejercicio del derecho de huelga en su totalidad, tal como fue enmendado y aprobado por el Parlamento tras la reorganización de sus capítulos, secciones y artículos. El texto fue adoptado con 124 votos a favor y 41 en contra.
Durante la sesión plenaria presidida por Rachid Talbi Alami, presidente de la Cámara de Representantes, se estudiaron y discutieron varios enmiendas, incluidas propuestas nuevas que no habían sido revisadas previamente en la Comisión de Sectores Sociales de la Cámara.
Entre las enmiendas presentadas se encuentran propuestas del ministro de Integración Económica, Pequeñas Empresas, Empleo y Competencias, Younes Sekkouri, así como otras presentadas por diputados. Estas enmiendas incluyen, en particular, la reducción de los plazos de notificación obligatoria para ejecutar una huelga en el sector público, el sector parapúblico o el privado.
Una de las enmiendas destacadas propuestas por el gobierno y ahora aprobada es la integración de las trabajadoras y trabajadores domésticos entre las categorías incluidas en el derecho de huelga. Se modificó el párrafo 2 del artículo 2 del proyecto de ley, que ahora establece: “Se considera huelga cualquier cese colectivo y voluntario del ejercicio de una profesión o trabajo por parte de profesionales, trabajadores autónomos, personas no asalariadas y trabajadores domésticos, durante un período determinado, con el fin de defender un derecho o un interés relacionado con la mejora de sus condiciones laborales.”
Además, las enmiendas del gobierno incluyen la posibilidad de recurrir al juez de urgencia para la suspensión temporal de una huelga. Se añadió una nueva disposición al artículo 20, que estipula que “las autoridades públicas competentes pueden acudir al juez de urgencia del tribunal correspondiente para obtener una orden de suspensión o interrupción temporal de la huelga si su ejercicio amenaza el orden público o impide la prestación del servicio mínimo.”
Cabe destacar que el proyecto de ley orgánica relativo a la huelga fue objeto de varias modificaciones en la Comisión de Sectores Sociales de la Cámara de Representantes. Entre estas modificaciones se incluyen la eliminación de disposiciones que prohibían las huelgas alternadas y las huelgas políticas, así como la supresión de las sanciones penales más severas y de las penas privativas de libertad.
Según el informe de la Comisión de Sectores Sociales sobre este proyecto de ley orgánica, se presentaron un total de 334 enmiendas por los distintos grupos parlamentarios, mientras que el gobierno presentó 56 enmiendas dentro de la comisión.