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Amendis esta lista Para una etapa después de la salida … y el alcalde de Tánger preside un encuentro sobre la gestión de los servicios de “distribución de agua, luz y saneamiento

El presidente del Consejo Colectivo,
“ Mohamed Al-Bashir Al-Abdalawi” de Tánger, presidió el jueves 05 de noviembre de 2020 en la sede de la Autoridad Permanente de Vigilancia, una reunión consultiva en presencia de los vicepresidentes encargados del sector y los jefes de provincia, Y los jefes de equipos políticos del Consejo Colectivo, el Servicio de Observación Permanente y el Director General de Intereses Colectivos, sobre “reformar el marco legal e institucional de la autoridad delegada para gestionar la distribución de los servicios de agua, electricidad y saneamiento para Tánger”, en preparación para la etapa de post-finalización del contrato de Amandis, que finaliza en 2026.

Según el comunicado del portal oficial de Tánger, el encuentro se basa en la percepción elaborada por las autoridades centrales con el fin de tomar las medidas necesarias para asegurar la continuidad de los servicios públicos para la gestión delegada de los servicios de agua, electricidad y saneamiento, especialmente con la proximidad del fin del actual contrato de gestión autorizada de estas instalaciones. Adoptando la visión nacional relacionada con esta medida, que destaca la importancia de lograr el equilibrio económico del sector en su dimensión espacial y regional, con la necesidad de adoptar dos principios básicos: el sistema multiservicio, y la medida en el marco de la contratación.

La propuesta de “crear una institución de cooperación entre grupos” incluye a los grupos signatarios de los dos contratos de la medida delegados en Tánger y Tetuán, para habilitar la autoridad delegada de personalidad jurídica y jurídica, que le autoriza a realizar todos los actos jurídicos, Los asistentes enfatizaron la necesidad de iniciar una dinámica consultiva, abrir una discusión pública con los diversos interesados y actores, y completar datos y documentos para aclarar mejor el panorama.

Es de destacar que el artículo 136 de la Constitución se refirió a los dos principios de cooperación y solidaridad como uno de los principios en los que se basa la organización regional y territorial, pues el artículo 144 de la misma establece la posibilidad de “constituir grupos territoriales para las instituciones de cooperación entre ellos en aras del apoyo mutuo en programas y medios”. Asimismo, señaló que la Ley Orgánica N ° 113.14 de Agrupaciones, en especial su artículo 133, ha autorizado a las Agrupaciones territoriales a establecer instituciones de cooperación entre agrupaciones de vinculación terrestre, que gozan de personalidad jurídica e independencia económica, y a las que se les encomienda la gestión de servicios conjuntos.

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